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Academia Agharta cerrará sus puertas ante grave diligencia en caso de presunto abuso sexual

Por: Alejandro Aragón/@alex_aragon07


Se ha determinado el cierre de la Academia Agharta de Chetumal, Quintana Roo, como institución de educación media-superior, tras un fallo de la Secretaría de Educación del Estado, tras haber violado las obligaciones de los artículos 73 de la Ley General de Educación y 85 fracc. XXV y XXVI de la Ley de Educación del Estado de Quintana Roo, como persona moral.

Foto: Especial

De acuerdo al expediente SEQ/DS/DAJ/DRVOE/0022/2020/PAS, por “no haber hecho del conocimiento inmediato a las autoridades correspondientes ni a los padres de familia, sobre un presunto caso de abuso sexual en agravio de una alumna pertenenciente a la institución educativa”. Se cita


En caso de que los docentes, el personal que labora en los planteles educativos, así como las autoridades educativas, tengan conocimiento de la comisión de algún hecho que la ley señale como delito en agravio de los educandos, lo harán del conocimiento inmediato de la autoridad correspondiente. Tomado del artículo 73 de la Ley General de Educación. https://leyes-mx.com/ley_general_de_educacion/73.htm


El personal docente y el personal con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior, tendrá las siguientes obligaciones:


XXII. Evitar cometer cualquier forma de maltrato físico, psicológico o moral, así como perjuicio, daño, agresión, abuso o explotación, en contra de los alumnos y tomar medidas para evitar que otros pudieran cometerlos, así como informar en forma inmediata a sus padres o tutores, a su superior jerárquico y a las autoridades competentes en caso de tener conocimiento de estos hechos;


XXV. Tomar medidas que aseguren al alumno la protección y el cuidado necesarios para preservar su integridad física, psicológica y social sobre la base del respeto a su dignidad, y para que la aplicación de la disciplina escolar sea compatible con su edad;


XXVI. En caso de tener conocimiento de la comisión de delitos en contra de los alumnos, deberán inmediatamente hacerlo del conocimiento del ministerio público, de la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia, de sus superiores jerárquicos, así como de los padres o representantes legítimos de los alumnos, y deberá realizar las acciones necesarias para evitar que el delito se siga cometiendo. La contravención a esta disposición será sancionada por las leyes aplicables.


La denuncia que fue presentada el 15 de Junio de 2020 por una docente, recabó la suficiente información, para determinar una grave diligencia de la Directora de la ex-institución privada; señalando una investigación informal e independiente de las autoridades facultadas para ello.


“Esta institución educativa al no advertir de la propia alumna [...] la comisión de un delito que pudiera configurarse como tal, que ameritasen hacerlo del conocimiento al Ministerio Público”, se lee en la declaración de la Directora y por la cual se ha dictado el proceder, se añade, que dentro dicha investigación jamás fue tomada en cuenta la víctima ni la madre de ésta, pasando por alto sus derechos.


En torno a esto, se considera además, la nula acción por parte de la Directora para separar o sustituir de su plantel al victimario del presunto caso, pues sería hasta el 01 de Octubre de 2020 que se suscribe una renuncia formal por parte de Eduardo “N” y un día después un comunicado de la Academia para deslindarse del caso.


Sobre ello se añade que la víctima pasó más de dos meses, junto a sus compañeras, bajo la tutela del acusado, sin debida atención psicológica, bajo el Programa Deportivo de Alto Rendimiento de la escuela, lo que pudo propiciar la repetición de los hechos delictivos.


La resolución dicta el retiro de su acuerdo de incorporación a la SEP como institución de educación media-superior en el nivel Bachillerato General, con fecha efectiva de 02 de julio de 2021, para salvaguardar los derechos de los alumnos inscritos, y una vez finiquitado el ciclo escolar 2020-2021 deberán emitir los certificados correspondientes.


Asimismo se atribuye un recurso de revisión para la Academia con efecto de quince días hábiles a partir de la notificación (24 de febrero), cabe destacar que la Directora es Vicepresidente de la Zona Sureste del Comité Ejecutivo Nacional de la CONADEIP.


“No hemos recibido ningún tipo de mensaje, de llamada, ni mucho menos se ha presentado la directora ante nosotros. No sé cómo pueden decir que su preocupación son los alumnos y los dejan solos en una situación como la que está pasando mi hija”, comentó la madre de la víctima el 27 de Octubre de 2020.

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